Sean cuales sean los motivos que lo provoquen, un divorcio resulta un proceso crítico para todas las parejas que lo llevan a cabo. Pero sus efectos pueden verse amplificados cuando a este proceso de separación se añaden otras problemáticas como el tratamiento de los bienes que se tienen en común. Y es que la venta de la vivienda familiar tras el divorcio trae de cabeza en muchas ocasiones a los miembros de la ex-pareja.

Para llevar a cabo esta venta lo mejor es contar con asesoramiento jurídico profesional como el que te ofrece Gilmar, de manera que puedas hacerlo de la manera más sencilla y adaptada a tus circunstancias. Recuerda siempre que en situaciones como esta u otros casos como el de vender un piso para comprar otro lo ideal es contar con asesoramiento profesional

División de la venta en caso de divorcio

La división de la venta de la vivienda familiar tras el divorcio varía en función de las circunstancias de la pareja en el momento de la separación. Por ejemplo, en el caso de tratarse de un divorcio sin hijos menores de edad en común la vivienda se reparte entre ambos según el régimen matrimonial en el que estuvieran casados.

Por otra parte, en el caso de existir hijos menores de edad en común sería un juez quien decidiera cómo se reparte tanto la custodia del menor, así como quién se queda con la vivienda familiar (que habitualmente es el progenitor que ostenta la custodia). Sin embargo, en casos de custodia compartida será el miembro que cuente con menos recursos el que se quede con la vivienda familiar.

Esto nos lleva a plantear una duda sobre el divorcio y la venta de vivienda habitual, ¿se puede vender la casa familiar tras un divorcio si se tienen hijos? La respuesta es sí, pero al igual que ocurre con la determinación de quién se queda con la vivienda, debe ser el juez quien apruebe esta operación de manera que se garantice que no hay prejuicio para los hijos menores de edad. Por otra parte, si los hijos fueran mayores de edad podría hacerse sin mayor problema.

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Venta tras divorcio en régimen de gananciales

Como ya hemos mencionado antes, la manera en que se produce la venta de la vivienda familiar tras el divorcio depende directamente del régimen matrimonial en el que se formalizara el matrimonio. En el caso en que se trate de un matrimonio en régimen de gananciales, todos los bienes, ganancias y beneficios obtenidos por uno u otro cónyuge pasan a pertenecer a ambos.

Este régimen implica que, al disolverse el matrimonio, dichos bienes deben repartirse al 50% entre ambas partes. Es decir, a ambos miembros del matrimonio les corresponderá la mitad de la vivienda familiar en el divorcio. 

En este caso, si ambos cónyuges están de acuerdo en vender la vivienda, lo que deben hacer es disolver el régimen económico matrimonial (algo que es recomendable se incluya en el convenio regulador del divorcio). Para hacerlo es necesario realizar un inventario de bienes y hacer el reparto en la proporción que corresponda, y una vez la titularidad de la vivienda esté repartida se podrá poner a la venta la misma con total normalidad. Un consejo, de la misma manera que contarías con la ayuda de una inmobiliaria para que te asesorara sobre cómo vender un piso de lujo, lo ideal sería que consultaras con una para este último trámite.

Debes tener en cuenta que la venta de esta vivienda implicará que ambos debéis estar de acuerdo con la gestión inmobiliaria de la misma y firmarla, lo mismo que el contrato de arras y la escritura de compraventa cuando se produzca la operación. También es importante tener en cuenta que se debe aportar la sentencia de divorcio en la operación de compraventa.

Venta tras divorcio en separación de bienes

La venta de la vivienda familiar tras el divorcio resulta más sencilla si se trata de un matrimonio casado en régimen de separación de bienes y la vivienda se adquirió después del mismo porque no requiere ningún tipo de trámite adicional aparte del propio divorcio.

Al igual que ocurre en el caso de régimen de gananciales, lo más recomendable es contar con el asesoramiento de una inmobiliaria que os ayude a establecer un precio de venta objetivo y acorde al mercado. También de la misma manera que ocurre con el régimen de gananciales, el contrato de arras, la escritura de compraventa y el acuerdo de gestión inmobiliaria deben estar firmados por ambos y es necesario aportar la sentencia de divorcio en el momento de la firma de la compraventa.

El caso particular de las parejas de hecho

Cada vez son más las personas que optan por formalizar su relación inscribiéndose como parejas de hecho. Pero, ¿qué supone esto en el caso de una separación si se quiere vender la vivienda que se tiene en común? 

Al contrario que ocurre con los casos de divorcio, las parejas de hecho que quieran vender la vivienda común pueden hacerlo de forma inmediata sin necesidad de trámites previos.

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¿Es posible vender la vivienda si hay hipoteca?

Como ya hemos dicho, el proceso de divorcio puede ser muy duro para la pareja, algo a lo que la venta añade tensiones que pueden hacerlo aún más difícil. Pero si la vivienda tiene aún una hipoteca pendiente y queréis venderla a un tercero es necesario que añadáis a los supuestos que hemos explicado anteriormente la cancelación del préstamo hipotecario, que deberéis presentar en el momento de la compraventa. Otra opción es cancelar la hipoteca antes de llevar a cabo la compraventa.

¿Qué se puede hacer si uno de los miembros de la pareja no quiere vender?

En un proceso de divorcio es posible que trámites como la venta de la vivienda se vean con dificultades como la imposibilidad de llegar a un acuerdo con la ex-pareja para llevarla a cabo. ¿Cómo es posible hacerlo entonces? Con la extinción del condominio de la propiedad.

Esta extinción del condominio podría hacerse de común acuerdo adjudicando a uno de los copropietarios la propiedad total de la vivienda. Un proceso similar al de una compraventa según el cual el que se queda con la propiedad debe compensar económicamente al otro con el porcentaje de la propiedad que le corresponda. Para esto es necesario realizar una valoración de la vivienda de manera que se fije el importe económico que una parte debe abonar a la otra.

En caso de que el matrimonio se celebrara en régimen de gananciales no es necesaria esta extinción del condominio, ya que en el acto de disolución de este régimen económico matrimonial uno de los cónyuges puede quedarse con la vivienda compensando económicamente al otro.

Hablar de ventas de inmuebles en caso de divorcios y separaciones no es algo agradable y puede provocar más de una noche sin dormir. Por eso el asesoramiento jurídico que ofrecen los expertos de Gilmar pueden ayudarte mucho en una venta posterior de la vivienda. Desde nuestra agencia inmobiliaria en La Moraleja o desde cualquiera de las oficinas que tenemos en todo el país te brindamos la oportunidad de que te asesoren los mejores especialistas inmobiliarios para que no tengas que preocuparte por nada.