Con prácticas como el coliving (también conocida como compartir piso) cada vez más en alza y los universitarios buscando una vivienda en su futuro lugar de estudios resurge una duda que, aún a día de hoy, tienen muchos propietarios e inquilinos. ¿Es legal el subarriendo de vivienda? ¿En qué consiste exactamente el subarriendo?

A grandes rasgos podemos decir que sí, subarrendar una vivienda es legal siempre y cuando se cuente con el consentimiento por escrito del arrendador de acuerdo con el artículo 8.2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. 

De forma más concreta podemos decir que el subarriendo se rige por el Título II de la LAU, siempre que el fin de dicho subarriendo sea para el uso como vivienda. Sin embargo, en caso de querer recurrir a este subalquiler para el arriendo de pisos para eventos u otros fines lo mejor es contar con asesoramiento legal como el que Gilmar puede ofrecer

¿En qué consiste el subarriendo de vivienda?

Cuando hablamos de subarriendo de vivienda nos referimos al alquiler de parte de la vivienda a una tercera persona por parte del arrendatario, es decir, el inquilino. 

El caso de subarriendo más común suele ser el de los pisos compartidos de estudiantes en los que, por lo general, el titular del contrato es uno de ellos y los demás figuran como subarrendatarios.  

Sin embargo, tal y como ya hemos mencionado, para que esto se produzca el arrendador debe mostrar su consentimiento por escrito, de la misma manera que debería darlo en caso de que un inquilino quisiera pintar las paredes de su salón o hacer algún cambio en el mobiliario que incluye el inmueble alquilado.

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Condiciones legales del subarriendo de vivienda

Como ya se ha mencionado previamente, el subarriendo de vivienda se rige por el Título II de la LAU y exige el cumplimiento de un requisito principal, que el arrendador dé su consentimiento por escrito. Sin embargo, no es la única condición que debe darse para que este pueda realizarse de forma legal.

La condición de subarriendo debe figurar en el contrato que lleve a cabo el arrendatario con la tercera persona a la que alquile parcialmente dicha vivienda. En tal contrato debe figurar tanto el nombre completo del subarrendatario como la zona de la casa que se subarrienda y el precio establecido para dicho fin. 

Duración y condiciones

Tal y como se refleja en la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 8.2 “El derecho del subarrendatario se extinguirá, en todo caso, cuando lo haga el del arrendatario que subarrendó”. Es decir, el subarrendamiento de la vivienda debe tener la misma duración que el alquiler inicial siempre y cuando este subarrendamiento se produzca por la necesidad permanente de vivienda.

Además, una vez el arrendador ha dado su consentimiento para el subarriendo no puede exigir que la duración del mismo sea inferior al del arrendamiento inicial. 

En los casos en los que el subarriendo de vivienda se produzca con otros fines las partes de dicho contrato podrán pactar libremente la duración del mismo. 

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Precio

Lo ideal en el subarriendo de vivienda es que este esté previsto desde el momento del alquiler de la vivienda para que, de esta manera, se pueda acordar con el arrendador el precio de este posible subarriendo. Un precio que en ningún caso puede ser superior al del arrendamiento incluso aunque se haya optado por alquilar con garantía de cobro

Incluso habituales de subarriendo como el de los pisos de estudiantes, en los que en ocasiones pueden convivir en una misma vivienda una media de cuatro personas, la suma del precio del subarrendamiento de cada una de las habitaciones no puede superar lo que pague el arrendatario inicial de acuerdo a lo reflejado en la Ley de Arrendamientos Urbanos. En las últimas modificaciones legales también se expone cómo puede afectar el IPC al precio del alquiler de la vivienda. Una circunstancia que también varía en función de la situación del arrendador y si es un gran tenedor, un inversor o un particular.

Como la vivienda y el alquiler de la misma es uno de los aspectos más debatidos en los últimos años y está expuesto a constantes reformas es importante contar con un buen asesoramiento legal como el que brinda Gilmar y su equipo de expertos en el área inmobiliaria.